domingo, 23 de febrero de 2014

El prefecto de la Fe reitera que los divorciados vueltos a casar no pueden acceder a la comunión


En un artículo a doble página publicado el miércoles 23 de octubre del 2013 en L´Osservatore Romano, el prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, Gerhard Ludwig Müller, reitera la doctrina tradicional de la Iglesia de que, "por la íntima naturaleza de los sacramentos, la admisión a ellos de los divorciados vueltos a casar no es posible", y rechaza expresamente "la falsa apelación a la misericordia" porque "banalizaría la imagen misma de Dios", como si Dios "no pudiese hacer otra cosa que perdonar".

Argumentos en las Escrituras, la Tradición y el Magisterio

El texto, exhaustivamente argumentado, pasa revista al argumentario tradicional de la Iglesia para justificar su posición en "la doctrina católica del matrimonio".

Comienza por enumerar todos los pasajes de las Sagradas Escrituras que hacen referencia a la unidad e indisolubilidad del matrimonio y al adulterio, tanto en el Antiguo como en el Nuevo Testamento, y concluye que "la Iglesia católica, en su enseñanza y en su praxis, se ha referido constantemente a las palabras de Jesús sobre la indisolubilidad del matrimonio. El pacto que une íntima y recíprocamente a los dos cónyuges ha sido instituido por Dios mismo. Se trata por tanto de una realidad que viene dada por Dios y ya no queda a disposición de los hombres".

Seguidamente estudia la Tradición de la Iglesia, desde los Padres de la Iglesia ("en la época patrística los creyentes separados que se habían vuelto a casar civilmente no eran readmitidos a los sacramentos ni siquiera tras un periodo de penitencia") hasta la constitución Gaudium et Spes del Concilio Vaticano II.

Puesto que el matrimonio es imagen "del amor de Dios por su pueblo y de la fidelidad irrevocable de Cristo a su Iglesia", entonces "sólo es posible comprender y vivir el matrimonio como sacramento en el ámbito del misterio de Cristo": "Si se seculariza el matrimonio o se lo considera como una realidad puramente natural, queda impedido el acceso a su sacramentalidad. El matrimonio sacramental pertenece al orden de la gracia y se inserta en la definitiva comunión de amor de Cristo con su Iglesia", señala el prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe.

Finalmente, el Magisterio reciente, desde la exhortación apostólica Familiaris Consortio de 1981 posterior al sínodo sobre la familia, hasta la carta del mismo dicasterio de Müller (en aquel momento dirigido por el cardenal Joseph Ratzinger) de 1994 precisamente sobre la admisión a la eucaristía de los divorciados vueltos a casar, es unívoco. "La admisión a la eucaristía no se puede conceder", estableció el primer documento, y esa decisión "no puede ser modificada en función de las circunstancias", estableció el segundo.

Por su parte, el mismo cardenal Ratzinger, ya como Benedicto XVI, en la exhortación post-sinodal Sacramentum caritatis de 2007, reitera esa "praxis de la Iglesia" en cuanto "fundada sobre las Sagradas Escrituras" (Mc 10, 2-12).

Todos estos documentos añaden la praxis de caridad con la que debe tratarse a las personas en esa situación, y establecen los casos en que, cuando haya poderosas razones para mantener la convivencia de los divorciados vueltos a casar (como la educación de los hijos), la absolución sólo puede darse bajo la condición de que vivan "como hermano y hermana".

Consideraciones antropológicas

Seguidamente monseñor Müller rebate los principales argumentos con los que la mentalidad contemporánea quiere arrancar de la Iglesia una cesión en ese punto, pues "la doctrina sobre la indisolubilidad del matrimonio encuentra a menudo incomprensión en un ambiente secularizado", el cual en consecuencia pretende que "la decisión de comulgar o no debe dejarse a la coinciencia personal de los divorciados vueltos a casar".

El prelado recuerda que "la existencia de un pecado grave no confesado se opone a la posibilidad de recibir la comunión", y que "los fieles tienen la obligación de formar su propia conciencia y de tender a la verdad".

El obispo alemán rechaza también "el argumento de la misericordia", precisamente porque "todo el orden sacramental es obra de la misericordia divina y no puede revocarse apelando al principio que lo sostiene".

"Por medio de lo que objetivamente suena a ser un falso reclamo a la misericordia, se incurre en el riesgo de banalizar la imagen misma de Dios, según la cual Dios no podría hacer otra cosa que perdonar. Al misterio de Dios pertenecen, además de la misericordia, también la santidad y la justicia. Si se esconden estos atributos de Dios y no se toma en serio la realidad del pecado, ni siquiera se puede aplicar a las personas su misericordia".

Atención pastoral más allá de la recepción de la eucaristía

Monseñor Müller concluye que, "aun si, por la íntima naturaleza de los sacramentos, la admisión a ellos de los divorciados vueltos a casar no es posible, a favor de estos fieles deben dirigirse todavía más los esfuerzos pastorales, puesto que deben mantenerse en dependencia de las normas que derivan de la Revelación y de la doctrina de la Iglesia".

Eso "no es sencillo", pero esas personas "deben saber que la Iglesia les acompaña en su camino como una comunidad de sanación y salvación. Con su compromiso de comprender la praxis eclesial y de no acercarse a comulgar, en cierto modo se hacen testigos ellos mismos de la indisolubilidad del matrimonio".

Por último, "la atención a los divorciados vueltos a casar no debería reducirse, ciertamente, a la cuestión de la recepción de la eucaristía. Se trata de una pastoral global que intenta satisfacer lo más posible las exigencias de las distintas situaciones".

Fuente: religionenlibertad.com

Sobre la comunión a los divorciados vueltos a casar sin haber obtenido la nulidad matrimonial

"Los divorciados no están excomulgados", por Pedro Antonio Moreno, sacerdote y juez del Tribunal de la Rota Española


“El catecismo de la Iglesia en los artículos 1650 y 1651 dice que una persona puede estar divorciada porque haya sufrido un trauma en su relación, pero otra cosa es que una persona divorciada esté conviviendo con otra con la que no está casada. A esto la Iglesia lo llama una situación irregular y esta persona no podría comulgar porque sería un acto incoherente ya que no está en comunión con la Iglesia”.

Estas personas en situación irregular “necesitan un acompañamiento pastoral más cercano y aunque no puedan comulgar, porque les haría daño, deben saber que pueden comulgar en el Espíritu, una comunión espiritual”. Al Tribunal de la Rota Española llegan muchos casos que cuestionan si realmente se trató de un matrimonio sacramental o si sólo lo pareció.

— Cursillos prematrimoniales

“Los jueces somos pastores de almas que sacamos a la luz la verdad de unos hechos a menudo difíciles”, comenta el padre Moreno. Hechos que suelen venir de muy lejos. “Si un sacerdote ve que alguno de los novios no tiene las condiciones mínimas para recibir el sacramento puede no realizar la boda y animarlos a seguir madurando su noviazgo. Pienso que cuando un sacerdote casa a dos personas sin conocerlas a fondo cae en un doble mal: por un lado une a dos personas que no están preparadas, pero por otro y más importante se les conduce a un fracaso porque faltaban los fundamentos desde el inicio”.

Los breves cursillos prematrimoniales le parecen insuficientes y recomienda las “escuelas de novios” que ofrecen diversas entidades y reforzar el papel de la familia y la comunidad.

También señala el trabajo de los Centros de Orientación Familiar (COF) de la Iglesia. “Cuando un matrimonio acude a un COF, los especialistas deben mostrarles todas las opciones que pueden agotar antes de pedir la nulidad. Los tribunales también hemos de observar con detenimiento los casos en los que no se hayan agotado estas posibilidades de reconciliación y hacerlo ver. Estos centros son la mejor ayuda, ya que en las nulidades siempre hay sufrimiento de por medio”.

— La Rota española, sin pasar por Roma

“El tribunal de la Rota de Madrid es un privilegio exclusivo para apelar las sentencias de nulidades matrimoniales que salen de los tribunales metropolitanos” explica el padre Moreno.

“En España se resuelven las nulidades sin tener que llegar a la Rota Romana, lo que no ocurre con el resto de países. Para dictar una sentencia definitiva de nulidad se necesita al menos dos fallos favorables. Madrid actuaría como instancia definitiva tras pasar los casos por los tribunales diocesanos y metropolitanos. Además, Madrid, puede ser incluso tribunal en una cuarta instancia. Este privilegio lo tenemos desde 1771 y su mayor impulsor fue el Papa Clemente XVI”.

— Las dudas más comunes

- ¿La Iglesia «anula» el matrimonio?
- No. Es un sacramento indisoluble. Una sentencia de nulidad lo que hace es confirmar que el matrimonio nunca existió como sacramento.

- ¿La Iglesia hace negocio con las nulidades?
- No. De hecho, son una carga económica para la Iglesia. Hay gente que pide «patrocinio gratuito» demostrando que no puede pagar las costas del proceso.

- La nulidad ¿es más fácil para los famosos?
- No. El proceso es igual para todos. Cada caso se estudia por orden de llegada. Por conciencia y prestigio profesional, ningún juez se atreve a dar sentencias falsas.

- ¿Se abusa del supuesto de «inmadurez para el consentimiento»?
-Se hacen informes médicos rigurosos y los análisis psicológicos para comprobar las incapacidades se encomiendan a especialistas cualificados y que tengan una antropología cristiana.

Fuente: religionenlibertad.com

¿Qué cree la gente que es el matrimonio?, por Giorgio Carbone, O.P.



“Es un contrato”: esta es la respuesta más frecuente cuando pregunto a grupos de personas de edad heterogénea, casadas o prometidas, qué es el matrimonio.

Después, pregunto cuál es el fin, la meta última del matrimonio. Y las respuestas más frecuentes son: “El amor, la familia, los hijos”. Raramente alguien responde: “La santidad de los cónyuges”, que es la respuesta justa.

No estoy en posición de decir la importancia estadística de estas respuestas dentro de un amplio grupo de población. Pero para nuestro análisis basta saber por ahora que está muy difundido el convencimiento de que el matrimonio es un contrato que tiene como meta el amor y/o los hijos. Y de ello están convencidos casi todos, creyentes y no, esposos jóvenes y ancianos, prometidos y solteros.

— Verdades olvidadas

Esta convicción demuestra por lo menos un hecho: a nivel normal se han perdido dos verdades sobre el matrimonio.

A) El matrimonio es un sacramento:

La primera verdad olvidada es que el matrimonio, más que un contrato, es un sacramento. El contrato desde el punto de vista formal es un acuerdo entre dos o más partes que tiene por objeto bienes de carácter patrimonial. Pero el matrimonio es otra cosa, es sacramento, es decir, una alianza entre una mujer y un hombre que tiene en Dios su origen, su consistencia y su fin.

Porque es Dios Amor quien llama a los esposos al amor recíproco: el matrimonio no es un encuentro fortuito, sino una llamada divina, una vocación cuyo actor es Dios. Jesús lo dice: “Lo que Dios unió, no lo separe el hombre” (Marcos 10, 9).

B) Los cónyuges son los ministros del sacramento del matrimonio

En segundo lugar, Dios, al hacer experimentar su misericordia, su ternura y su paciencia al cónyuge, llama este cónyuge a comunicar al otro la misma misericordia, ternura y paciencia recibidas: esto significa ser ministros de Dios en el sacramento del matrimonio.

Los cónyuges, viviendo juntos y amándose, se intercambian lo que han recibido de Cristo y realizan así una comunión divina y no sólo humana, comunión humano-divina que es similar a la que hay entre Cristo y la Iglesia, comunidad de los creyentes como se expresa en Efesios 5, 25-32: "Maridos, amad a vuestras mujeres como Cristo amó a la Iglesia y se entregó a sí mismo por ella (…) Gran misterio es éste, lo digo respecto a Cristo y la Iglesia”.

C) Vocación a la santidad

En tercer lugar, Dios es el fin, es decir, el fin del matrimonio, porque el día de la boda el cónyuge acoge la persona del otro cónyuge con vistas a Cristo, es decir, para llevarlo a Cristo, para caminar juntos hacia el Señor: es una vocación común a la santidad.

Y es esta la segunda verdad olvidada del matrimonio: la santidad, es decir, el deseo de conversión a Cristo y de conformarse a Él en todo, en la mentalidad y en los gestos concretos.

— ¿Mirada horizontal o degradante?

Que el matrimonio se reduzca a un contrato o a un convencionalismo social y que se haya perdido su destino a la santidad son el resultado de una mirada, no horizontal, sino degradante de la existencia humana.

Hemos expulsado a Dios de nuestras consideraciones, ya no nos esforzamos en conformar nuestra mentalidad a la de Cristo, por Él mismo manifestada en los Evangelios, por lo que la consecuencia es la pérdida del sentido de la existencia, del significado de la relación matrimonial que funda la existencia humana.

Sin embargo, vivir la fe teologal significa propiamente pensar según los pensamientos de Dios, es decir, sintonizar nuestra inteligencia, nuestra mentalidad, nuestros convencimientos con el pensamiento de Jesucristo.

Además, la difusión acrítica de la opinión según la cual el matrimonio es un contrato, por lo que la santidad ya no se considera su meta, debería hacernos considerar que a menudo los matrimonios que vemos celebrados en la iglesia en realidad no son sacramentos; es decir, son matrimonios nulos.

Los esposos, aunque dicen sí con los labios, en realidad no creen en el matrimonio como cree Jesús y su Iglesia. Los esposos tienen una concepción mundana del matrimonio, es un contrato, y como sucede con todos los contratos que están sometidos a la total disponibilidad de las partes, éstas pueden rescindir del mismo cuando quieran.

En cambio, al ser un sacramento, es una realidad que es de Cristo, tiene un origen, una consistencia y un fin divinos.

— Cuando dicen sí no dicen sí

Aunque dicen sí con los labios, consideran que el matrimonio dura mientras haya sentimiento de amor. En cambio, el matrimonio se funda sobre el amor recibido de Dios y, por tanto, es para siempre, como también es para siempre el amor que Dios tiene por nosotros.

Aunque dicen sí con los labios, los esposos no se acogen totalmente como personas porque excluyen positivamente la posibilidad de tener hijos recurriendo de manera habitual a la anticoncepción.

Efectivamente, el cónyuge que usa métodos anticonceptivos, precisamente con el gesto sexual que debería significar la donación total de sí al otro, en realidad no se dona totalmente porque reserva para sí la capacidad de convertirse en padre o madre: por tanto, dice una gran mentira al amor total.

— Lo pastoral en relaciones fracasadas

Las recientes discusiones sobre la actitud pastoral hacia las personas que vive en el fracaso de un matrimonio, y que tal vez han pasado a una convivencia o a un matrimonio civil, no pueden prescindir de estas dos verdades antes recordadas porque son verdades evangélicas.

La Iglesia, como comunidad de creyentes, tiene la vocación de ser esposa de Cristo, evidentemente fiel y no incrédula. Por tanto, está llamada a anunciar siempre la verdad del matrimonio indisoluble porque esta es la enseñanza de Cristo su esposo: basta leer Marcos 10,5-9; Mateo 19,4-9; Lucas 16,18.

Todos nosotros creyentes, si queremos vivir la virtud teologal de la fe, advertimos la exigencia de obedecer y de uniformar nuestra mentalidad a la enseñanza de Cristo Señor. Al mismo tiempo, no podemos amar renunciando a la verdad y no podemos conocer la verdad sin amar: el conocimiento de la verdad y del amor del bien son movimientos estructurales e identificativos del ser humano.

En razón de la verdad y del amor no podemos generar ilusiones en nadie y, por tanto, ni siquiera podemos hacer pensar que la praxis de la Iglesia sobre la indisolubilidad del matrimonio esté cerca de cambiarse, o bien que después del Sínodo de los obispos de octubre de 2014 las personas divorciadas y casadas por lo civil serán absueltas y admitidas en la comunión eucarística.

Si las personas divorciadas y vueltas a casar por lo civil fueran admitidas a la comunión eucarística, la comunidad de los creyentes renunciaría a ser fiel a Cristo que enseña la indisolubilidad del matrimonio.

— Ideas prácticas para mejorar

Como conclusión resumo unos criterios prácticos:

1) preparar a los novios al matrimonio de manera más seria y completa, haciendo conocer que el matrimonio es una cosa de Cristo y no de los esposos, y que es una vocación divina a la santidad;

2) considerar que todos los sacramentos son un don que la Iglesia recibe de Cristo, y no son un derecho que hay que reivindicar. Esto vale también para la comunión eucarística;

3) agilizar los procesos canónicos concernientes a la verificación de la nulidad del sacramento del matrimonio;

4) demoler la difundida opinión según la cual los divorciados vueltos a casar están excomulgados. Más bien, lo que se hace es acoger a estos creyentes y hacerles saber que aunque vivan en una condición desordenada como es la convivencia con una persona que no es el propio cónyuge, pueden y, es más, deben vivir la fe, la esperanza, la caridad, participar en la Misa, rezar juntos e individualmente, vivir la penitencia y el deseo de conversión y que el dolor y la amargura de no poder recibir la eucaristía tienen un valor salvífico que puede llevar a la sincera conversión de su corazón a Cristo Señor.

Fuente: religionenlibertad.com

lunes, 17 de febrero de 2014

SACRAMENTO DEL MATRIMONIO: La obsesiva dependencia de la madre por parte de uno de los dos cónyuges puede considerarse una causa valida para que la Iglesia católica anule un matrimonio.


La obsesiva dependencia de la madre por parte de uno de los dos cónyuges puede considerarse una causa valida para que la Iglesia católica anule un matrimonio.

La noticia ocupa hoy gran espacio en la prensa italiana, después de que así lo explicase el vicario judicial de la diócesis de Liguria (noroeste), Paolo Rigon, durante la apertura ayer del año judicial eclesiástico de esta región.

Los afectados por esta dependencia no "son capaces de cumplir con los deberes conyugales. Hay casos en los que se está tan apegado a la madre que no se puede hacer vida común con la pareja", confirmó en declaraciones al diario "La Stampa" el cardenal jurista Velasio de Parolis, miembros del Tribunal Supremo de la Signatura apostólica.

En su alocución, el vicario judicial Rigon explicó que puede ser considerada causa de nulidad ya que "para cada decisión, para cada movimiento que se quiera hacer en el seno de la pareja, se busca siempre la aprobación del padre o de la madre, que de hecho se convierte psicológicamente en el verdadero cónyuge y la persona casada pasa a ser sólo un sustituto". "Es como haberse casado con la suegra", resumen así la prensa italiana la explicación de la Iglesia católica.

Rigon cita que en su experiencia se ha encontrado con "situaciones concretas" en las que "jóvenes y adultos, debido a una inmadurez psicológica, falta de preparación a la vida, se casan sin saber lo que les espera" y "continúan su vida como la hacían cuando eran niños o adolescentes".

Los diccionarios italianos recogen la palabra "mammismo" que significa excesivo sentimiento protector de la madre y la consecuente subordinación afectiva del hijo, por ello Rigon la diferencia de la clásica figura en Italia del "mammone", es decir de las personas que "necesitan a sus madres o no se quieren despegar de ellas".

Esta dependencia es como una especie de "droga" que "incide gravemente en la vida conyugal", añade Rigon.

El "Corriere della Sera" publica también la opinión del decano del colegio cardenalicio, Angelo Sodano, arzobispo de Génova, que asegura que "el matrimonio debe ser un acto realizado en total libertad", por ello el "mammismo" puede ser causa de nulidad ya que "uno no es libre cuando busca constante a una tercera persona".

FUENTE: larazon.es

lunes, 20 de enero de 2014

¿Desde cuándo se imparte el bautismo a los niños?, por Luis Antequera


Hay cosas que uno ni se le ocurre plantearse si siempre fueron como hoy las contemplamos o en otro momento fueron diferentes. Y una de esas tal vez sea la que cabe definir como “bautismo de infantes”, una ceremonia con un carácter netamente iniciático equiparable, desde tal punto de vista aunque no desde muchos más, a otra del ámbito judío cual es la de la circuncisión, producida al octavo día del nacimiento con la que también coincide en que en ambas recibe la persona el nombre por el que será conocido en la comunidad.

Pero lo cierto es que no siempre el bautismo lo recibieron entre los cristianos los niños. A pesar de haber nacido en una familia cristiana, de ser un personaje de peso dentro de la comunidad cristiana y con 34 años de edad, nada menos que todo un San Ambrosio apenas era un catecúmeno sin bautizar cuando es elegido para ejercer una dignidad de la importancia del episcopado de Milán.

Y es que aunque más de uno sería bautizado en edad infantil como podría interpretarse de algunos episodios recogidos en los Hechos de los Apóstoles, lo cierto es que el “bautismo de infantes” aún tardará su tiempo en imponerse.

Hipólito de Roma (m.236) en su Tradición apostólica nos detalla el proceso bautismal, que se iniciaba con un catecumenado o aprendizaje de tres años previo a la ceremonia, y recaía siempre sobre adultos. El ritual bautismal tenía lugar en fechas señaladas (domingo, pascua, pentecostés); contenía una serie de ceremonias anteriores (expulsión del demonio, unción prebautismal); tenía lugar por inmersión en agua simultánea a una confesión de fe trinitaria; y se culminaba con la imposición de manos, signación en la frente y unción con el crisma (mezcla de aceite de oliva y bálsamos) por el obispo. A continuación, el bautizando recibía por primera vez la eucaristía, con lo que vemos unidos tres rituales que la vida cristiana contemporánea separa perfectamente: bautismo, primera comunión y confirmación. El ritual tomaba forma dialogante entre oficiante y bautizando. En su obra Sobre el bautismo, Tertuliano (160-h.220) procede a la normalización del ritual.

La expansión del cristianismo y su legalización generalizará el nacimiento de niños en hogares que ya son cristianos, a partir tal vez del s. IV más-menos, fenómeno que va a tener tres grandes consecuencias por lo que al bautismo se refiere.

En primer lugar, éste empieza a celebrarse cualquier día, sin esperar a las fechas señaladas.

En segundo lugar, se abre la posibilidad de que el obispo delegue sus funciones en lo concerniente al ritual bautismal, lo cual tiene más importancia de la que parece, pues el desdoblamiento del bautismo en dos ceremonias, la inmersión y sus complementos, celebrable por el presbítero, y la unción, sólo oficiable por el obispo, implicará la aparición de un nuevo sacramento, la confirmación.

Y en tercer lugar y lo que a los efectos nos interesa aquí, se impone el bautizo infantil a tempranísima edad, con lo cual la fórmula “yo te bautizo”, cuya utilización nos consta desde el s. VII, sustituye a la fórmula dialogante.

El bautismo de infantes va a promover un áspero debate sobre la preparación que ha de darse en el receptor de un sacramento. Los contrarios a él se escudan en la falta de disposición de un niño para recibir un sacramento y en el inexistente mandato en tal sentido en las Escrituras.

San Agustín (n.354-m.430) sostiene que es necesario para la salvación de los niños, y el Papa Inocencio III (1198-1216) argumenta que de la misma manera que una persona incurre en el pecado original sin su consentimiento, puede ser librado de él sin su consentimiento.

Fuente: religionenlibertad.com

sábado, 11 de enero de 2014

BAUTISMO DE JESÚS, Año B

Isaías 55:1-11
Isaías 12 “Sacarán agua con alegría 
de las fuentes de la salvación”
1 Juan 5:1-9
Marcos 1:7-11

Isaías 55:1-11

Así habla el Señor: ¡Vengan a tomar agua, todos los sedientos, y el que no tenga dinero, venga también! Coman gratuitamente su ración de trigo, y sin pagar, tomen vino y leche. ¿Por qué gastan dinero en algo que no alimenta y sus ganancias, en algo que no sacia? Háganme caso, y comerán buena comida, se deleitarán con sabrosos manjares. Presten atención y vengan a mí, escuchen bien y vivirán. Yo haré con ustedes una alianza eterna, obra de mi inquebrantable amor a David. Yo lo he puesto como testigo para los pueblos, jefe y soberano de naciones. Tú llamarás a una nación que no conocías, y una nación que no te conocía correrá hacia ti, a causa del Señor, tu Dios, y por el Santo de Israel, que te glorifica. ¡Busquen al Señor mientras se deja encontrar, llámenlo mientras está cerca! Que el malvado abandone su camino y el hombre perverso, sus pensamientos; que vuelva al Señor, y Él le tendrá compasión, a nuestro Dios, que es generoso en perdonar. Porque los pensamientos de ustedes no son los míos, ni los caminos de ustedes son mis caminos -oráculo del Señor-. Como el cielo se alza por encima de la tierra, así sobrepasan mis caminos y mis pensamientos a los caminos y a los pensamientos de ustedes. Así como la lluvia y la nieve descienden del cielo y no vuelven a él sin haber empapado la tierra, sin haberla fecundado y hecho germinar, para que dé la semilla al sembrador y el pan al que come, así sucede con la palabra que sale de mi boca: ella no vuelve a mí estéril, sino que realiza todo lo que Yo quiero y cumple la misión que Yo le encomendé.

Isaías 12: Sacarán agua con alegría 
de las fuentes de la salvación

Éste es el Dios de mi salvación:
yo tengo confianza y no temo,
porque el Señor es mi fuerza y mi protección;
Él fue mi salvación.
R.Sacarán agua con alegría 
de las fuentes de la salvación 

Den gracias al Señor,
invoquen su Nombre,
anuncien entre los pueblos sus proezas,
proclamen qué sublime es su Nombre.
R. Sacarán agua con alegría 
de las fuentes de la salvación

Canten al Señor porque ha hecho algo grandioso:
¡que sea conocido en toda la tierra!
¡Aclama y grita de alegría, habitante de Sión,
porque es grande en medio de ti el Santo de Israel!
R. Sacarán agua con alegría 
de las fuentes de la salvación

1 Juan 5:1-9

Queridos hermanos: El que cree que Jesús es el Cristo ha nacido de Dios; y el que ama al Padre ama también al que ha nacido de Él. La señal de que amamos a los hijos de Dios es que amamos a Dios y cumplimos sus mandamientos. El amor a Dios consiste en cumplir sus mandamientos, y sus mandamientos no son una carga, porque el que ha nacido de Dios, vence al mundo. Y la victoria que triunfa sobre el mundo es nuestra fe. ¿Quién es el que vence al mundo, sino el que cree que Jesús es el Hijo de Dios? Jesucristo vino por el agua y por la sangre; no solamente con el agua, sino con el agua y con la sangre. Y el Espíritu da testimonio porque el Espíritu es la verdad. Son tres los que dan testimonio: el Espíritu, el agua y la sangre; y los tres están de acuerdo. Si damos fe al testimonio de los hombres, con mayor razón tenemos que aceptar el testimonio de Dios. Y Dios ha dado testimonio de su Hijo.

Marcos 1:7-11

En aquel tiempo proclamaba Juan:
– Detrás de mí viene el que puede más que yo, y yo no merezco ni agacharme para desatarle las sandalias. Yo os he bautizado con agua, pero el os bautiza con Espíritu Santo.
Por entonces llegó Jesús desde Nazaret de Galilea a que Juan lo bautizara en el Jordán. Apenas salió del agua, vio rasgarse el cielo y al Espíritu bajar hacia él como una paloma. Se oyó una voz del cielo:
– Tú eres mi hijo amado, mi predilecto.

Mateo 3,13-17: Bautismo de Jesús

Entonces se presenta Jesús, que viene de Galilea al Jordán, a donde Juan, para ser bautizado por él. Pero Juan trataba de impedírselo diciendo: «Soy yo el que necesita ser bautizado por ti, ¿y tú vienes a mí?» Jesús le respondió: «Deja ahora, pues conviene que así cumplamos toda justicia.» Entonces le dejó. Una vez bautizado Jesús, salió luego del agua; y en esto se abrieron los cielos y vio al Espíritu de Dios que bajaba como una paloma y venía sobre él. Y una voz que salía de los cielos decía: «Este es mi Hijo amado, en quien me complazco.»

BAUTISMO DEL SEÑOR, Año A

Isaías 42:1-4
Salmo 29: El Señor bendice a su pueblo con la paz 
Hechos 10:34-38
Mateo 3,13-17

Isaías 42,1-4.6-7

Así dice el Señor: «Mirad a mi siervo, a quien sostengo; mi elegido, a quien prefiero. Sobre él he puesto mi espíritu, para que traiga el derecho a las naciones. No gritará, no clamará, no voceará por las calles. La caña cascada no la quebrará, el pábilo vacilante no lo apagara. Promoverá fielmente el derecho, no vacilará ni se quebrará, hasta implantar el derecho en la tierra, y sus leyes que esperan las islas. Yo, el Señor, te he llamado con justicia, te he cogido de la mano, te he formado, y te he hecho alianza de un pueblo, luz de las naciones. Para que abras los ojos de los ciegos, saques a los cautivos de la prisión, y de la mazmorra a los que habitan las tinieblas.»

Sal 29, la y 2. 3ac-4. 3b y 9b-l0
R. El Señor bendice a su pueblo con la paz 

Hijos de Dios, aclamad al Señor,
aclamad la gloria del nombre del Señor,
postraos ante el Señor en el atrio sagrado.
R. El Señor bendice a su pueblo con la paz

La voz del Señor sobre las aguas,
el Señor sobre las aguas torrenciales.
La voz del Señor es potente,
la voz del Señor es magnífica.
R. El Señor bendice a su pueblo con la paz

El Dios de la gloria ha tronado.
En su templo un grito unánime: «¡ Gloria!»
El Señor se sienta por encima del aguacero,
el Señor se sienta como rey eterno.
R. El Señor bendice a su pueblo con la paz

Hechos de los Apóstoles 10, 34-38

En aquellos días, Pedro tomó la palabra y dijo:
— «Está claro que Dios no hace distinciones; acepta al que lo teme y practica la justicia, sea de la nación que sea. Envió su palabra a los israelitas, anunciando la paz que traería Jesucristo, el Señor de todos.
Conocéis lo que sucedió en el país de los judíos, cuando Juan predica¬ba el bautismo, aunque la cosa empezó en Galilea. Me refiero a Jesús de Nazaret, ungido por Dios con la fuerza del Espíritu Santo, que pasó haciendo el bien y curando a los oprimidos por el diablo, porque Dios estaba con él.»

Mateo 3,13-17

Entonces se presenta Jesús, que viene de Galilea al Jordán, a donde Juan, para ser bautizado por él. Pero Juan trataba de impedírselo diciendo: «Soy yo el que necesita ser bautizado por ti, ¿y tú vienes a mí?» Jesús le respondió: «Deja ahora, pues conviene que así cumplamos toda justicia.» Entonces le dejó. Una vez bautizado Jesús, salió luego del agua; y en esto se abrieron los cielos y vio al Espíritu de Dios que bajaba como una paloma y venía sobre él. Y una voz que salía de los cielos decía: «Este es mi Hijo amado, en quien me complazco.»

sábado, 28 de diciembre de 2013

Los 10 mandamientos de la celebración dominical













1. Llegaré a la celebración antes de que haya comenzado
2. Me vestiré apropiadamente para compartir y celebrar la fe
3. Sentiré y haré del domingo el día del Señor y de descanso
4. Al entrar en el lugar de la celebración mostraré reverencia
5. Participaré activamente en la celebración de la fe
6. Ayunaré una hora antes de comulgar
7. Al recibir al Señor mostraré reverencia
8. Diré “amén” antes de recibir la hostia
9. Me mostraré agradecido después de haber recibido la hostia
10. No me iré hasta que la misa haya finalizado

Fuente: Arquidiócesis de Santa Fe, New Mexico (USA)

1 Juan 1,5–2,2: "Si confesamos nuestros pecados, él, que es fiel y justo, nos perdonará los pecados y nos limpiará de toda injusticia".

1 Juan 1,5–2,2

Os anunciamos el mensaje que hemos oído a Jesucristo: Dios es luz sin tiniebla alguna. Si decimos que estamos unidos a él, mientras vivimos en las tinieblas, mentimos con palabras y obras. Pero, si vivimos en la luz, lo mismo que él está en la luz, entonces estamos unidos unos con otros, y la sangre de su Hijo Jesús nos limpia los pecados. Si decimos que no hemos pecado, nos engañamos y no somos sinceros. Pero, si confesamos nuestros pecados, él, que es fiel y justo, nos perdonará los pecados y nos limpiará de toda injusticia. Si decimos que no hemos pecado, lo hacemos mentiroso y no poseemos su palabra. Hijos míos, os escribo esto para que no pequéis. Pero, si alguno peca, tenemos a uno que abogue ante el Padre: a Jesucristo, el Justo. Él es víctima de propiciación por nuestros pecados, no sólo por los nuestros, sino también por los del mundo entero.

jueves, 26 de diciembre de 2013

Salmo 30: A tus manos, Señor, encomiendo mi espíritu

Salmo 30,3cd-4.6 y Sab 16bc-17
R/. A tus manos, Señor, 
encomiendo mi espíritu

Sé la roca de mi refugio,
un baluarte donde me salve,
tú que eres mi roca y mi baluarte;
por tu nombre dirigeme y guíame.
R/. A tus manos, Señor, 
encomiendo mi espíritu

A tus manos encomiendo mi espíritu:
tú, el Dios leal, me librarás.
Tu misericordia sea mi gozo y mi alegría.
Te has fijado en mi aflicción.
R/. A tus manos, Señor, 
encomiendo mi espíritu

Líbrame de los enemigos que me persiguen;
haz brillar tu rostro sobre tu siervo,
sálvame por tu misericordia.
R/. A tus manos, Señor, 
encomiendo mi espíritu

lunes, 16 de diciembre de 2013

Del limbo de los niños muertos sin bautizar, por Luis Antequera

El 19 de abril de 2007 una Comisión teológica internacional dependiente de la Congregación para la Doctrina de la Fe, publicaba con la autorización del Papa Benedicto XVI el texto “La esperanza de salvación para los niños que mueren sin bautismo”, un documento largo de más de 24.000 palabras y 135 notas a pie de página, llamado a convertirse en el pronunciamiento más explícito del Magisterio eclesiástico realizado hasta la fecha sobre la existencia o no de un lugar llamado “limbo” al que irían a parar los niños que sin haber cometido pecados propios, no habían sido rescatados tampoco del pecado original por no haber recibido aún el bautismo.

Quizás el caso más extremo que presenta el dilema entre los dos principios que se combina en la teoría cristiana de la salvación, a saber: “la voluntad salvífica universal de Dios (cf. 1 Tm 2,4), y las que conciernen a la necesidad del Bautismo como la vía para ser liberados del pecado y conformados con Cristo (cf. Mc 16,16; Mt 28,18-19)”, expresamente mencionados los dos en el documento.

Pues bien, el documento en cuestión, tras explicitar que efectivamente “la enseñanza tradicional recurría [para explicar el destino escatológico de tales niños] a la teoría del limbo”; definir dicho limbo como el “estado en el que las almas de los niños que mueren sin bautismo no merecen el premio de la visión beatífica, a causa del pecado original, pero no sufren ningún castigo, ya que no han cometido pecados personales”; aclarar que “esta teoría, elaborada por los teólogos a partir de la Edad Media, nunca ha entrado en las definiciones dogmáticas del Magisterio” pero reconocer al mismo tiempo que “el mismo Magisterio la ha mencionado en su enseñanza hasta el concilio Vaticano II”; y apostillar que “el destino de los niños no bautizados continúa siendo un caso límite en la investigación teológica” a partir del reconocimiento de que “ninguna respuesta explícita acerca del tema objeto de nuestro estudio viene de la Revelación tal como se contiene en la Sagrada Escritura y en la Tradición”, realiza esta declaración que me parece su mejor resumen:

“Por consiguiente, además de la teoría del limbo (que continúa siendo una opinión teológica posible), puede haber otros caminos que integren y salvaguarden los principios de fe fundados en la Escritura”.

Y aún con mayor claridad esta otra:

“Se ha de reconocer claramente que la Iglesia no tiene un conocimiento cierto de la salvación de los niños que mueren sin Bautismo”.

En resumen, el limbo... en el limbo.

Fuente: religionenlibertad.com

De la Iglesia Católica y el suicidio: ¿se condena el suicida?, por Luis Antequera

Mucho se ha especulado sobre la posición de la Iglesia Católica a propósito del suicidio (...) Por lo que hace a la condición pecaminosa del suicidio, en la Encíclica Evangelium Vitae, emitida por el Papa Juan Pablo II, leemos:

“El suicidio es siempre moralmente inaceptable, al igual que el homicidio. La tradición de la Iglesia siempre lo ha rechazado como decisión gravemente mala. Aunque determinados condicionamientos psicológicos, culturales y sociales puedan llevar a realizar un gesto que contradice tan radicalmente la inclinación innata de cada uno a la vida, atenuando o anulando la responsabilidad subjetiva, el suicidio, bajo el punto de vista objetivo, es un acto gravemente inmoral, porque comporta el rechazo del amor a sí mismo y la renuncia a los deberes de justicia y de caridad para con el prójimo, para con las distintas comunidades de las que se forma parte y para la sociedad en general. En su realidad más profunda, constituye un rechazo de la soberanía absoluta de Dios sobre la vida y sobre la muerte, proclamada así en la oración del antiguo sabio de Israel: « Tú tienes el poder sobre la vida y sobre la muerte, haces bajar a las puertas del Hades y de allí subir »”.

Probablemente sean los grandes autores del s. IV los primeros en tocar el tema. Así, San Agustín (354-430), que lo hace en su obra La Ciudad de Dios, donde afirma que suicidarse es rechazar el dominio de Dios sobre la propia existencia, y donde re-redacta el quinto mandamiento en los siguientes términos: “no matarás ni al prójimo ni a ti mismo”.

Y también San Jerónimo (340-420), que lo hace en su Comentario a Juan, donde trata el tema desde la relación que el autor establece con lo que llamaríamos “el amor al martirio”, toda la problemática de los límites vinculados a la aceptación del martirio, estableciendo que determinadas maneras de acceder a él, cuando se busca o cuando simplemente no se hace cuanto está al alcance de uno para evitarlo, puede implicar un comportamiento pecaminoso relacionado con el suicidio.

A partir de los tratados de S. Agustín y de S. Jerónimo sobre el suicidio, se pronuncian muchos documentos eclesiásticos emanados de los concilios del s. VI: Braga (563), Auxerre (578). Así como, más tarde, también el Decreto Graciano, elaborado hacia el 1140, la primera gran compilación de derecho canónico de la historia.

Santo Tomás de Aquino (1224-1274) le dedica el artículo 64 de la Segunda sección de la Segunda parte de la Suma Teologica, donde se pregunta: “¿es lícito a alguien suicidarse?” Respondiendo:

“Es absolutamente ilícito suicidarse por tres razones: primera, porque todo ser se ama naturalmente a sí mismo, y a esto se debe el que todo ser se conserve naturalmente en la existencia y resista, cuanto sea capaz, a lo que podría destruirle. Por tal motivo, el que alguien se dé muerte va contra la inclinación natural y contra la caridad por la que uno debe amarse a sí mismo; de ahí que el suicidarse sea siempre pecado mortal por ir contra la ley natural y contra la caridad. Segunda, porque cada parte, en cuanto tal, pertenece al todo; y un hombre cualquiera es parte de la comunidad, y, por tanto, todo lo que él es pertenece a la sociedad. Por eso el que se suicida hace injuria a la comunidad, como se pone de manifiesto por el Filósofo [Aristóteles] en V Ethic. Tercera, porque la vida es un don divino dado al hombre y sujeto a su divina potestad, que da la muerte y la vida. Y, por tanto, el que se priva a sí mismo de la vida peca contra Dios, como el que mata a un siervo ajeno peca contra el señor de quien es siervo; o como peca el que se arroga la facultad de juzgar una cosa que no le está encomendada, pues sólo a Dios pertenece el juicio de la muerte y de la vida, según el texto de Dt 32,39: Yo quitaré la vida y yo haré vivir”.

El Catecismo de 1997 establece que “somos administradores y no propietarios de la vida que Dios nos ha confiado” (art. 2280), y marca una circunstancia agravante y otra atenuante por lo que se refiere al suicidio. En cuanto a la primera, dice: “Si se comete con intención de servir de ejemplo especialmente a los jóvenes, el suicidio adquiere además la gravedad del escándalo” (art. 2282).

En cuanto a la segunda, dice: “Trastornos psíquicos graves, la angustia, o el temor grave de la prueba, del sufrimiento o de la tortura, pueden disminuir la responsabilidad del suicida” (art. 2282).

Por último, por lo que se refiere a la salvación o condenación del suicida, se dice en el Catecismo: “No se debe desesperar de la salvación eterna de aquellas personas que se han dado muerte. Dios puede haberles facilitado por caminos que El sólo conoce la ocasión de un arrepentimiento salvador. La Iglesia ora por las personas que han atentado contra su vida”. (art. 2283)

Fuente: religionenlibertad.com